El alquiler de viviendas por plataformas digitales como Airbnb y Booking quedaría sujeto a un régimen de registro obligatorio, cumplimiento tributario y supervisión estatal, según establece el proyecto de ley que crea la Superintendencia de Condominios que, entre otros aspectos, regularía la alquiler corto dentro de residenciales en el país.
La iniciativa es la autoridad del diputado Tobias Crespode la Fuerza del Pueblo, y dedica un capítulo completo a los condominios de alquiler cortocondiciona la legalidad de esta actividad a una autorización expresa del reglamento interno de cada condominio, y dispone la inscripción en registros oficiales y el cumplimiento de obligaciones fiscalesademás de facultar al Estado a suspender o cancelar la operación de unidades que incumplan las normas de convivencia.
El proyecto define como alquiler corto el alquiler habitual de espacios por períodos cortos o medianos, ya sea de forma individual mediante plataformas digitales oa través de esquemas de administración centralizada, reconociendo el derecho del propietario a disponer de su inmueble, pero subordinandolo al derecho a la tranquilidad de la comunidad, la seguridad y el orden residencial.
Uno de los ejes de la propuesta es la creación del Registro Nacional de Condominios Rentistas y de Renta Corta, que estaría bajo la administración de la Superintendencia de Condominiosen la cual deberán inscribirse tanto los condominios que permitan este tipo de alquiler como las unidades ofertadas, a las que se les asignará un código único.
En su artículo 22, el proyecto establece que la inscripción en este registro "Será un requisito indispensable" para la legalidad de la actividad.
Control fiscal
En materia fiscal, la iniciativa dispone que todo propietario o condominio que destina unidades a alquiler corto deberá estar inscrito en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y emitir comprobantes fiscales conforme al Código Tributario.
El cumplimiento de estas obligaciones, según consta en el artículo 23 del proyecto, se establece como condición para operar legalmentesin crear nuevos tributos, pero integrando la actividad de Airbnb o Reservar un sistema de control de impuestos.
Además del aspecto tributario, el proyecto exige que la alquiler corto solo pueda realizarse cuando el reglamento del condominio la autorice expresamente y establezca reglas claras sobre aforohorarios, uso de áreas comunes y protocolos de convivencia.
La pieza legislativa también impone el cumplimiento de normas de seguridad, salubridad y prevención de riesgos, así como la contratación de seguros que cubren daños a bienes comunes y riesgos asociados a la actividad de hospedajede acuerdo con el artículo 23 de la propuesta.
Daños y sanciones
La propuesta Asigna responsabilidad directa a los propietarios por los daños, ruidos o conductas indebidas de sus huéspedes, y obliga a las administraciones de los condominios a implementar controles de ingreso y salida para evitar. molestias o aglomeraciones.
En los casos de incumplimiento reiterados, la Superintendencia de Condominios podrá ordenar medidas correctivas o la suspensión temporal de la actividad rentista, según establece el artículo 24 de la pieza.
El proyecto también prohíbe que los condominios residenciales operen como "hoteles encubiertos", entendidos como aquellos donde existe alquiler masivo de unidades, administración centralizada con servicios propios de hospedaje u otras prácticas que desvirtúen la naturaleza residencial del inmueble.
La práctica de "hotel encubierto", según el artículo 25, podrá ser sancionada con multassuspensión o cancelación del registro y, en casos tumbas, la clausura del espacio.
Supervisión de la renta corta
La supervisión de la renta corta recaería en la Superintendencia de Condominios en coordinación con la DGII, el Ministerio de Turismo y los ayuntamientos, y las sanciones se aplicarán garantizando el debido proceso y el derecho de defensa.
Poder Ejecutivo buscó control, pero reculó
Este mismo año, a través del decreto 30-25, el Poder Ejecutivo buscó la creación de un reglamento para aplicar el impuesto sobre transferencia de bienes industrializados y servicios (Itbis) a las plataformas digitalesentre las que se incluyen Airbnb.
La orden del Gobierno fue firmada en enero y entraría en vigencia seis meses después, pero el Poder Ejecutivo eliminó el decreto en abril cuando fue divulgado por Diario Libre.
Alojamientos alternativos
De acuerdo con Jaqueline Moraviceministra técnica del Ministerio de Turismola República Dominicana cuenta con 136.000 habitaciones disponibles que pertenecen a alojamientos no hoteleros, impulsados a través de Airbnblo que ha generado, a su juicio, la necesidad de regulaciones que garanticen calidad y seguridad para los turistas.
Periodista dominicano. Escribe sobre temas legislativos y políticos.


