Santo Domingo.– Con la llegada de diciembre, millas de trabajadores comienzan a preguntarse cuánto recibirán de doble sueldo, un derecho laboral conocido también como “salario de Navidad” o “salario 13”. Este pago, establecido en el artículo 219 del Código de Trabajo, debe ser entregado antes del 20 de diciembre y está libre de impuestos. El cálculo es sencillo. (Seguir leyendo…)
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